Los linchamientos no son actos de justicia, sino de barbarie. A los energúmenos que integran la turba no les importa la verdad, ni la evidencia, ni la culpabilidad de los seres humanos que despedazan o incendian. Para decirlo en términos coloquiales: para ellos no se trata de quién la hizo, sino de quién la pague. Basta con que un instigador señale, para que contra el señalado la turba desate su furia.Los linchamientos sacan lo peor del ser humano. Los individuos renuncian a los dones supremos de la razón y de la individualidad, en aras del atavismo tribal sediento de sangre. Se produce un efecto de contagio. Aunque a un sujeto no le conste, acusa al chivo expiatorio. Otro sujeto, aunque le conste todavía menos la culpabilidad del linchado, repite la imputación que escuchó. Pero si alguien se atreve a objetar, se vuelve candidato adicional al linchamiento.Para impedir la injusticia inherente a los linchamientos, es que se desarrolló el sistema de justicia. Entonces, a éste no se le puede pervertir de manera más extrema que cuando se le somete a la lógica del linchamiento.Cuando el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea propone a sus pares de la Suprema Corte de Justicia de la Nación otorgar el amparo a Florence Cassez y para ello su argumentación se basa en la violación del principio de presunción de inocencia, el juzgador no está apelando a un "tecnicismo", a un formalismo, para liberar a la ciudadana francesa presa desde hace más de 6 años por su supuesta participación en secuestros. Lo que Arturo Zaldívar pretende es anular un linchamiento que se ha querido hacer pasar por un juicio penal, acaecido en una nación que se reclama sujeta a un Estado de derecho.El ministro ni siquiera entra al fondo del asunto, a la supuesta culpabilidad, a los méritos o ausencia de los mismos de la evidencia, pues, ¿qué importancia tiene ésta en un linchamiento, cuando existe de antemano una condena contra el acusado?La lógica perversa de linchamiento con apariencia judicial no es muy diferente a la del linchamiento crudo común. Cuando en un linchamiento disfrazado de proceso penal a un supuesto responsable se le ha acusado y condenado mediáticamente, los fiscales y los jueces se ven presionados para torcer sus decisiones según los designios de la turba y de sus instigadores. La evidencia es entonces irrelevante o cuando menos secundaria.Pero en el caso de Florence Cassez, no han faltado quienes digan que no importa que la Agencia Federal de Investigaciones (AFI), entonces dirigida por el actual secretario de Seguridad Pública, Genaro García Luna, haya hecho un montaje para la televisión sobre la detención de unos secuestradores y de Cassez, sino que lo importante es la evidencia de la implicación de ella en secuestros.¿Y cuál es la supuesta evidencia? Los testimonios de las víctimas, que -se nos da a entender- por el mero hecho de provenir de ellas constituyen una verdad incontrovertible.Lo sorprendente de esta argumentación es que pretenda ignorar que los testimonios de las víctimas, en las que supuestamente reconocían a Cassez, se produjeran varias semanas después de que ella fuera detenida, exhibida por la policía y arraigada. Si todo esto no se ha tratado de un linchamiento, ¿cómo se atrevió la policía a presentarla ante el Ministerio Público, cómo éste se atrevió a consignarla y cómo osó el juez de la causa declararla sujeta a proceso y formalmente presa cuando no existía evidencia contra ella?Y ¿por qué la supuesta evidencia (el testimonio de la víctima en la que dice reconocer a Cassez cuando en su primera declaración aseguró no reconocerla) se produjo hasta el 13 de febrero de 2006, más de dos meses después de la detención de la ciudadana francesa (9 de diciembre de 2005)?Porque el circo se le cayó a Genaro García Luna el 5 de febrero de 2006. En esa fecha, en una entrevista que con su singular agudeza le realizó Denise Maerker, el jefe policial debió admitir que las imágenes de la detención de Cassez no eran reales, sino un montaje, pues durante el operativo de rescate de los secuestrados -se excusó- no había cámaras de televisión. De modo que si era falso que Cassez hubiera sido detenida en flagrancia en la casa de seguridad donde los plagiarios retenían a sus víctimas, habría que inventar otra "evidencia". Y esta es el testimonio de dos de las víctimas de que, siempre sí, reconocían a Cassez, testimonio que según la versión (plausible) de la defensa fue obtenida por la AFI mediante una combinación de chantaje sentimental y coacción.Pero hay algo más de importancia crucial sobre la acusación y es que si de veras Cassez vivía en la casa de seguridad y era parte de la banda de secuestradores, tendría que haber habido alguna otra evidencia de ello. Sus huellas digitales tendrían que estar por todos lados y sobre todo donde los plagiados estaban retenidos. Pero jamás se presentó una sola prueba de ello...porque no existía...Este capítulo de perversión de la justicia no puede terminar con la mera liberación de quien ha permanecido en prisión por más de seis años, bajo una acusación basada en evidencia inexistente o falsa. Contra quienes decidieron inculpar y contra quienes decidieron acusar a una persona a sabiendas de que no era culpable, así como contra quienes con sus fallos judiciales la mantuvieron privada de la libertad, debe aplicarse todo el peso de la ley.El autor es presidente del Consejo Ciudadano para la Seguridad Pública y la Justicia Penal, A. C.
FUENTE: REFORMA.COM
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