viernes, 2 de marzo de 2012

Blinda Corte a IFAI

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció de manera categórica que las dependencias del Ejecutivo no pueden promover ningún tipo de litigio judicial para impugnar las resoluciones del IFAI que son contrarias a sus intereses."Los sujetos obligados en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental deben dar cumplimiento incondicional a las resoluciones emitidas por el IFAI al resolver recursos de revisión."(Lo anterior) sin que sea válida la utilización de recursos jurídicos, como la interposición de un juicio de nulidad, o de facto, como la simple negativa de entregar información, para eludir dicho cumplimiento", establece la primera sala de la Corte en una tesis aprobada el 8 de febrero.A partir de 2003, año en que el IFAI comenzó a revisar solicitudes de información, 16 dependencias del Ejecutivo han promovido un total de 56 juicios en su contra.La PGR ha presentado 30 de estas demandas, y es por mucho la dependencia más litigiosa.Los Ministros se refirieron con mayor énfasis al juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA), al que la PGR ha acudido de manera recurrente en los últimos años.Varias salas regionales del TFJFA se han declarado competentes para conocer de estas demandas con el argumento de que no se puede dejar en "indefensión" a las dependencias del Gobierno, e incluso han llegado a revocar órdenes del IFAI pese a que no hay ley que las faculte para ello."Resulta evidente que la intención del legislador fue excluir al TFJFA del conocimiento de las resoluciones recaídas a los recursos de revisión emitidas por el IFAI al igual que eliminar la posibilidad de que las dependencias y entidades promuevan algún juicio o recurso ante el Poder Judicial de la Federación", afirma la tesis aprobada por unanimidad por los cinco Ministros de la primera sala.Ricardo Salgado, director jurídico del IFAI, consideró que la tesis es un triunfo para el Instituto luego de un largo camino de más de ocho años de tener que enfrentar litigios promovidos por las dependencias.La tesis derivó de un amparo promovido por la hija del activista guerrerense Rosendo Radilla, desaparecido en 1974, quien solicitó a la PGR acceso a la averiguación previa sobre este asunto.El IFAI ordenó difundir los documentos del caso porque la reserva de las averiguaciones previas no opera cuando se indagan delitos de lesa humanidad; sin embargo, la Procuraduría General de la República promovió un juicio de nulidad para tratar de evadir la orden.Y SCJN oculta datos de sentenciasEspecialistas criticaron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación por su nueva política de suprimir totalmente los nombres de las partes que litigan ante ella en todos los documentos que hace públicos.La supresión abarca nombres de personas físicas y morales, salvo entidades de gobierno, e incluso de servidores públicos, si actúan con carácter de particulares a juicio del funcionario encargado de censurar.Los nombres se están suprimiendo de las listas para sesión del Pleno y las dos Salas, listas de notificación de acuerdos y versiones estenográficas, y también se eliminó casi toda la información de antecedentes de los casos, que se podía consultar en el apartado de expedientes del sitio de internet de la Corte."Se hace casi imposible monitorear las sentencias", alertó el litigante Juan Pedro Machado, quien ha llevado casos ante el máximo tribunal.Sergio López Ayllón, investigador del CIDE, también cuestionó a la Corte."Los datos personales son derechos de las personas físicas, no de las personas morales, ¿o ahora vamos a sostener que las personas morales tienen derechos fundamentales?", dijo.Para Sigrid Artz, comisionada del IFAI, los datos de una persona física sí tienen derecho a la privacidad, pero no los de empresas o servidores públicos.


FUENTE: REFORMA.COM

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