viernes, 5 de septiembre de 2014

LA CNDH ACTUAL HA DEFENDIDO LOS DERECHOS HUMANOS ?


Inmersos ya de lleno en el proceso de elección del Ombudsman Nacional, y haciendo eco de las voces que han manifestado públicamente su inconformidad con la reelección de Raúl Plascencia Villanueva para un nuevo periodo, me parece un buen momento para compartir una vivencia que, como Presidente de la Conferencia Mexicana para el Acceso a la Información Pública (COMAIP) organización conformada por los órganos garantes de transparencia de todos los estados del país y el órgano federal, tuve con la actual administración de la CNDH.

            A finales del año 2011, fue publicada en el Periódico Oficial del estado la “Ley de Ingresos del Estado de Puebla para el ejercicio 2012”.  
En los artículo 73 y 76 del citado ordenamiento, se establecía que la información y documentación comprobatoria del ejercicio del gasto público y la relativa a la operación recaudatoria y resoluciones de carácter fiscal, sólo se entregaría en forma impresa y certificada, previo el pago de los derechos a que se refiere la fracción I de este artículo cuyo importe ascendía a $80.00 por hoja. Lo anterior, supeditaba así el acceso a la información pública gubernamental referente al gasto público a la capacidad de pago del solicitante, por lo que se estimaba que se vulneraba la garantía de acceso a la información pública, consagrada tanto en la constitución federal como local.
Corría el primer año del gobierno de Rafael Moreno Valle como gobernador de Puebla, y durante ese tiempo, tanto en el discurso como en otras acciones había elementos para presumir que vendrían cambios positivos en materia de transparencia en el estado, ya que a la par de la Ley de Ingresos se promovía en el Congreso del Estado una nueva Ley de Acceso a la Información que mejoraría en mucho la que hasta ese momento era la legislación vigente. Sin embargo lo que se publicó en la Ley de Ingresos era simplemente inaceptable.
Como Presidente de la COMAIP consulte con los organismos autónomos del país la posibilidad de solicitar, a las instancias que constitucionalmente tuvieran la facultad de promover una acción de inconstitucionalidad, que la ejercieran en favor del derecho a la información. Resultaba evidente que en el orden local era prácticamente imposible conseguir que abanderarán nuestra causa y por eso solicitamos la intervención al mismo tiempo tanto de la Procuraduría General de la República como de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
En ambos casos, enviamos sendas cartas con la finalidad de explicar que se estaba vulnerando un derecho humano y que, toda vez que contaban con dicha facultad, se solicitaba que se promoviera. Incluso, la Comisión Jurídica que coordinaba en ese momento la hoy comisionada del IFAI Areli Cano me entregó un proyecto muy acabado que solo tenía que ser firmado prácticamente y que se anexaba a la petición.
En la CNDH nunca fui recibido por alguna de sus autoridades de primer nivel, por el contrario, paradójicamente, en la PGR de inmediato me contactaron y, en tan solo 48 horas, no sólo se avocaron al estudio de la acción de inconstitucionalidad sino que incluso la presentaron en tiempo.
Tengo que confesar que el silencio de la CNDH fue decepcionante. Sin embargo, días después me llegó una carta que me pareció aún más increíble que el silencio de los días anteriores.
Firmada por la Directora General de Asuntos Jurídicos, la Mtra. Leticia Escandón Carrillo, contestaba a mi petición, en mi carácter de Presidente de la COMAIP, señalando textualmente que el objeto primordial de la Comisión es la protección, promoción, observancia, estudio y divulgación de los derechos humanos que ampara el orden jurídico mexicano, conforme a lo dispuesto por los artículos 102, Apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2° de la Ley de la Comisión Nacional de los Derecho Humanos y 1° de su Reglamento Interno, y por estos motivos no puede quedar sujeta a las instrucciones de ninguna otra autoridad, servidor público, o particular, pues eso implicarla restringir o limitar su autonomía, lo que se encuentra establecido en el articulo 54. de la misma Ley.
En este párrafo prácticamente me insinuaba que le habíamos dado una instrucción cuando claramente le habíamos hecho una petición en virtud de sus facultades constitucionales. Me sorprendió intuir que la solicitud hecha en mi carta podría limitar la autonomía de la CNHD
Pero el final de la carta, en donde refiere una obviedad de que únicamente pueden interponer acciones en contra de normas que vulneren los derechos humanos, y que una vez realizado el análisis de la legislación estarían en aptitud de determinar lo que procede fue una muestra clara de la importancia que le dieron al tema.
La carta fechada el 20 de enero, cinco días después de vencido el plazo para interponer la acción muestra también el poco interés.
         La pregunta que en ese momento me hice y que resulta idónea ahora es: Se defiende en la CNDH los derechos humanos?
         Mi experiencia me enseño que algunos de ellos, como el derecho humano de acceso a la información pública ni siquiera se conocían en la propia comisión nacional.

miércoles, 20 de agosto de 2014

TRANSPARENCIA, UN ÁREA DE OPORTUNIDAD MÁS QUE UNA OBLIGACIÓN: MIGUEL CASTILLO MARTÍNEZ

1ER. FORO NACIONAL IJAS-ITEI

El pasado viernes 15 de Agosto, en el marco del 1er. Foro Nacional de Protección de Datos, Transparencia y Derecho a la Información en Instituciones de Asistencia Social Privada organizado por el IJAS y el ITEI, participó como conferencista magistral el Licenciado Miguel Castillo Martínez, ex Presidente de la Conferencia Mexicana para el Acceso a la Información Pública.
            En su intervención que abrió el Foro en el Hotel Hilton de Guadalajara, con un foro de más de 600 personas, destacó la importancia de que desde la sociedad civil se transparente y exija el destino de los recursos públicos destinados a las organizaciones de Asistencia Privada del país.
            Destacó que para avanzar en el tema de la transparencia, hay que entender que el manejo de recursos de otros, debe ser debidamente justificado para mejorar los niveles de confianza entre la sociedad, las organizaciones y el gobierno.

            Finalmente, en su calidad de consultor independiente, ofreció su apoyo y colaboración para mejorar la capacitación y generar una debida concientización sobre la transparencia y la protección de datos en estas instituciones y coadyuvar con el IJAS y demás Juntas de Asistencia Privada para hacer del tema un área de oportunidad que les permita acceder a mayor cantidad de recursos.

martes, 19 de agosto de 2014

¿ QUE PERDIA EL IFAI ?


He tratado de ser un observador paciente y dejar a un lado mi punto de vista personal sobre lo que sucedió en el IFAI el pasado miércoles. La razón es porque de inmediato preferí escuchar y leer sobre las diversas opiniones de expertos, académicos, políticos, analistas de medios y de la sociedad en general en torno al tema.
Mi análisis y conclusión, de las que tal vez intuía de antemano el resultado, confirmó y revivió una antigua preocupación que he venido manifestando en muchos foros públicos y que sobre lo que incluso he escrito:  “si convertimos al acceso a la información y a la protección de datos personales en un tema netamente jurisdiccional lo vamos a terminar por perder”
Y es que un derecho fundamental debe garantizarse y no solamente defenderse. Afirma Ferrajoli: “Las garantías no son otra cosa que las técnicas previstas por el ordenamiento para reducir la distancia estructural entre normatividad y efectividad”. Por ello los órganos garantes deben “posibilitar la máxima eficacia” del derecho fundamental de acceso a la información y la protección de datos personales.
Bajo esa premisa, resulta relevante y preocupante, que tanta lucha por lograr el otorgamiento constitucional de la facultad para interponer acciones de inconstitucionalidad al órgano garante federal se haya convertido en una discusión técnica y jurisdiccional, en una batalla de interpretaciones que considero corresponden al ámbito de la corte y hayan obviado la obligada discusión garantista sobre la necesidad de atender una legítima preocupación ciudadana en torno a la protección de un derecho fundamental reconocido en la constitución.
Respeto las opiniones de los comisionados del IFAI, a los que incluso conozco en su mayoría y a quienes considero expertos en el tema que nos ocupa, pero no puedo dejar de afirmar que al amparo de argumentos interpretativos, la mayoría imperante perdió una enorme oportunidad de mostrar el verdadero rumbo de una institución que debe ser garantista por naturaleza y representante de la voz de la sociedad por necesidad.
Me causa cierta frustración escuchar reiteradamente que el IFAI por el que tanto luchamos por construir, hoy este en la opinión pública como el organismo que nos dejó insatisfechos, generando toda clase de dudas y polémicas que en nada ayudan a los fines reales que persigue y que por mandato constitucional debe garantizar.
Prefiero pensar que continúa el debate al interior sobre la verdadera naturaleza que debe imperar en el órgano garante federal y que la discusión que se ha desatado por la resolución dividida en torno a la facultad constitucional, abrirá la puerta para que cada uno de los comisionados revise a fondo su actuación y posición respecto a un justo reclamo de la sociedad mexicana que no puede ser tratada como una simple opinión, sino como una justa y legitima preocupación.
Los órganos garantes tiene una enorme misión que cumplir, ser puentes eficientes entre la sociedad y el gobierno en la construcción de una nueva y mejor relación entre gobernantes y gobernados. Para ello, deben hacer uso de todas las facultades que le otorgan nuestra carta magna y actuar ante la duda porque para la certeza interpretativa nuestro sistema jurídico cuenta con la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
¿ Que perdía el IFAI presentando la acción de inconstitucionalidad ? Estoy cierto que nada, pero no haberla presentado, me queda claro, a la luz de la evidencia social, acarreará un costo público que pudo haberse evitado y revivió una vez más la discusión sobre la ineficacia de los órganos autónomos en México.

Garantizar no es interpretar, es ser sensibles, abiertos y poner a disposición de los ciudadanos las herramientas para abrir la discusión. No hacerlo es fallar, como disentir, me parece, es un ejercicio que aporta al debate y la construcción del nuevo sistema de derechos fundamentales que merecemos todos los mexicanos.

jueves, 3 de abril de 2014

COMPARECENCIA EN EL SENADO RUMBO AL IFAI

ABOGADO DE PROFESIÓN, COMUNICADOR POR PASIÓN Y HOMBRE DE INSTITUCIONES.



Sigue hoy la comparecencia de Miguel Castillo Martínez ex-presidente del INAIP Yucatán y ex-presidente de la COMAIP en: